La FETRATURMICA, que acoge en su seno a varias organizaciones sindicales y a cerca de medio millar de taxistas, es una entidad afiliada a la Confederación de Organizaciones del Transporte (CONATRA) y a la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), a cuyos líderes, Antonio Marte y Gabriel del Río, respectivamente, les han pedido intervenir en busca de evitar el empeoramiento de la situación que les afecta.
El principal
problema por el que estarían pasando los miembros de la FETRATURMICA, según
cuentan los dirigentes de esta federación, es que algunos hoteles e
instalaciones del sector turísticos van a abrir sus puertas, además de que hay
otros proyectos en planes, pero la monopolización en la distribución de los
turnos y espacios de trabajo, no les permite, hasta ahora, laborar desde los
mismos.
“Como es Sabido, la Constitución de
República Dominicana prohíbe los monopolios desde el siglo XIX, como límite sustancial
al derecho a la libre empresa”, plantean Andrés Bastardo y Elpidio Castillo, secretario
general y secretario general adjunto, respectivamente, de la Federación de Transporte Turístico de
Minibuses y Carros 26 de Enero (FETRATURMICA).
Citan el artículo 50 de la vigente
Constitución de República Dominicana, en el que establece que “El Estado
reconoce y garantiza la libre empresa, comercio e industria. Todas las personas
tienen derecho a dedicarse libremente a la actividad económica de su
preferencia, sin más limitaciones que las prescritas en esta Constitución y las
que establezcan las leyes. 1) No se permitirán monopolios, salvo en provecho
del Estado.
Además, revelan que, según ley 63-17, de
movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, “el monopolio en
materia de transporte es cosa del pasado”.
Andrés Bastardo y Elpidio Castillo, secretario
general y secretario general adjunto, respectivamente, de la Federación de Transporte Turístico de
Minibuses y Carros 26 de Enero (FETRATURMICA) revelan que, a sabiendas
de que las rutas de transporte, parqueos, espacios de trabajo y demás puntos de
operación (de pasajeros, de carga y del sector turístico) son del propiedad y
responsabilidad del Estado, corresponde al
Instituto Nacional de Tránsito y
Transporte Terrestre (INTRANT), velar porque tanto lo que reza la Carta Magna
como la ley 63-17 se cumpla a cabalidad.
Explican que, en el caso que les ocupa, el
INTRANT debe asumir en todas sus partes lo concerniente a la aplicación de la
llamada “Regla de Oro”, que ha sido asumida por las demás federaciones de
transporte turístico. Observan que, la Federación
de Transporte Turístico de Minibuses y Carros 26 de Enero (FETRATURMICA), no es
ni ha sido parte beneficiada de esa denominada “Regla de Oro”.
Y, además, como
está establecido que, por cada diez habitaciones hoteleras y otros espacios de
trabajo, debe haber un taxi turístico, es que desde hace varios meses hemos
estado reclamando y solicitando la participación de la Federación de Transporte
Turístico de Minibuses y Carros 26 de Enero (FETRATURMICA) y sus afiliados
tanto en las instalaciones hoteleras que hoy se construyen como en aquellos
proyectos próximos a ser construidos e inaugurados.
Llaman la atención de las autoridades y
les recuerdan que, desde hace varios
meses, en la República Dominicana se construyen decenas de hoteles y otras
infraestructuras e instalaciones de vocación turísticas, en las que el servicio
de taxis es vital; pero en la mayoría de estas, al momento de establecer este
vital servicio, se ha repetido la práctica del monopolio, dejando de lado a
entidades que, como la Federación de
Transporte
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