Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Empresas de Seguridad (CONADES) aplaude la decisión del Tribunal Constitucional que declaró como inconstitucional el artículo 14 numeral 2 literal F, de la Ley 631-16 de Porte y Tenencia de Armas de Fuego.
Asimismo, el CONADES agradece a Katia
Salomón, directora ejecutiva de la Asociación Dominicana de Empresas de Seguridad
(ADESINC) por el esfuerzo realizado para la nulidad del referido articulado por
no estar conforme con la Constitución de la República.
Según el CONADES, con la anulación de este
requisito que exige una edad mínima de 30 años para que el Ministerio de
Interior y Policía pueda emitir las licencias sobre la tenencia y porte de
armas de fuego a personas físicas, así como aquellos que puedan tener asignada
un arma propiedad de una persona jurídica dedicadas a prestar servicio a la
Seguridad Privada. “Con la nulidad de esta medida podemos darle la oportunidad
a los jóvenes de un primer empleo, donde podrán desarrollarse y sustentarse”,
expresa el licenciado Aurelio Pérez, presidente de CONADES. Agregó que: “asimismo
reafirmamos el compromiso no solo de la oportunidad de insertarse en una
actividad productiva, sino también de capacitarlos y motivarlos a construir una
mejor sociedad”.
El sector de la seguridad privada
proporciona alrededor de cientos de miles de horas de vigilancia y es parte del
sustento de las familias de los treinta y seis mil vigilantes de seguridad que,
con su arduo trabajo, contribuyen a la seguridad ciudadana.

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